Juniorado

 §1. Realizada la primera profesión, las neo-profesas con­tinuarán su formación en la etapa del Juniorado hasta la Profesión Perpetua, bajo la dirección de una Maestra nombrada por la Superiora Mayor y su Consejo, previa autorización de la Superiora General.

§2. En el Juniorado, la hermana ha de procurar vivir más plenamente la vida consagrada propia del Instituto y ha de prepararse y capacitarse para la misión que le sea encomendada.

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